Las modalidades más usuales para edificios en comunidad son:
INDIVIDUAL DE USO COMÚN: Una instalación que se ubica en elementos comunes (cubierta) cuya energía se destina a los consumos de elementos comunes del edificio (por ejemplo ascensor, iluminación, etcétera), pero tiene un único contrato (CUPS) asociado de la comunidad de propietarios.
COLECTIVO DE USO COMÚN Y PRIVATIVO: Una instalación que se ubica en elementos comunes (cubierta) cuya energía se destina a los consumos de elementos comunes del edificio y a consumos particulares de los vecinos (varios CUPS, unos de la comunidad de propietarios y otros de propietarios particulares)
Para más información, descarga el Manual elaborado según la normativa actualizada para que las comunidades puedan entender mejor los pasos para el autoconsumo compartido. DESCARGAR[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]